Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano, son instrumentos de planeación cuyo principal objetivo es promover el desarrollo integral de zonas específicas de la ciudad; se ajustan a lo establecido en los programas Delegacionales, en el Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y en los demás planes y programas de gobierno aplicables. Jurídicamente se rigen en forma específica por lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 20 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Localizados territorialmente en las áreas de actuación que señalan los programas general y delegacionales, por medio de ellos se establecen regulaciones puntuales a los usos del suelo al interior de sus circunscripciones, sea en forma coordinada o concentrada con otros gobiernos, o con los sectores social y privado, para la conservación, mejoramiento y crecimiento urbano. Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano no tienen una extensión espacial ni una cobertura temática rígidamente predeterminada, sino que, se constituyen en función de criterios definidos conjuntamente por los grupos sociales involucrados y el gobierno de la ciudad. Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano tienen como principales
objetivos: En este sentido, la interlocución entre gobierno y sociedad[2], resulta fundamental en el proceso, porque, al derivarse las propuestas concretas que demandan los habitantes de la Ciudad de México, estos se convierten en protagonistas y destinatarios de las acciones de la planeación urbana en este nivel. En consecuencia, los Programas Parciales constituyen el instrumento más puntual de realización de los objetivos y estrategias de los niveles superiores que representan los Programas Delegacionales y el Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (elaborados por la Secretaría de Desarrollo y Vivienda, y sancionados por la Asamblea Legislativa). Por otro lado, la elaboración del los Programas Parciales de Desarrollo Urbano, además de permitir la articulación de las diversas políticas de desarrollo urbano y vivienda dentro de un marco de desarrollo integral sobre el territorio, con la participación de la ciudadanía en su elaboración, se generan propuestas que proporcionan insumos a las Delegaciones para realizar acciones inmediatas y fundamentales en la instrumentación de los Paquetes Territoriales de Desarrollo Integral. Para el caso del Centro Histórico, los Programas Parciales que involucran al Centro Histórico de la Ciudad de México son: 1) PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO PARA EL CENTRO HISTÓRICO (Gaceta Oficial del DF. No. 153. 7/IX/00), 2) PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO CENTRO ALAMEDA (Gaceta Oficial del DF. No. 163. 15/IX/00), 3) PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO LA MERCED (Gaceta Oficial del DF. No. 128. 14/VII/00). [1] “Son los perímetros en donde aplican normas y restricciones específicas con el objeto de salvaguardar su fisonomía, para conservar, mantener y mejorar el patrimonio arquitectónico y ambiental, la imagen urbana y las características de la traza y del funcionamiento de barrios, calles históricas o típicas, sitios arqueológicos o históricos y sus entornos tutelares, lo monumentos nacionales y todos aquellos elementos que sin estar formalmente catalogados merecen tutela en su conservación y consolidación” (PDDU Cuauhtémoc). [2] Se refiere a gobierno central de la ciudad y delegaciones políticas; y sociedad a organizaciones sociales, las no gubernamentales, empresariales, gremiales, académicas, vecinales, y la ciudadanía en general
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